1.CUADRO DE CONTROL DE CAMBIOS
EDICIÓN |
FECHA |
RESUMEN DE CAMBIOS |
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10/10/2019 |
Redacción del registro de actividades de tratamiento, nueva versión adaptada al Reglamento UE General de Protección de Datos y a la Ley 3/2018 de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. |
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07/12/2023 |
Actualización del Registro |
2.OBJETO DEL INFORME
Este informe tiene por objeto realizar el registro de actividades de tratamiento de datos personales en
base al cumplimiento de la normativa (art. 30 RGPD y art. 31 LOPDGDD).
El responsable llevará un registro de las actividades de tratamiento efectuadas bajo su responsabilidad.
Dicho registro deberá contener toda la información indicada a continuación: a) el nombre y los datos de
contacto del responsable y, en su caso, del corresponsable, del representante del responsable, y del
delegado de protección de datos; b) los fines del tratamiento; c) una descripción de las categorías de
interesados y de las categorías de datos personales; d) las categorías de destinatarios a quienes se
comunicaron o comunicarán los datos personales, incluidos los destinatarios en terceros países u
organizaciones internacionales; e) en su caso, las transferencias de datos personales a un tercer país o
una organización internacional, incluida la identificación de dicho tercer país u organización internacional
y, en el caso de las transferencias indicadas en el artículo 49, apartado 1, párrafo segundo, la
documentación de garantías adecuadas; f) cuando sea posible, los plazos previstos para la supresión de
las diferentes categorías de datos; g) cuando sea posible, una descripción general de las medidas técnicas
y organizativas de seguridad a que se refiere el artículo 32, apartado 1. Estos registros constarán por
escrito, inclusive en formato electrónico.
El responsable deberá poner el registro a disposición de la autoridad de control que lo solicite. Las
obligaciones realizar un registro de actividades de tratamiento no se aplicarán a ninguna empresa ni
organización que emplee a menos de 250 personas, a menos que el tratamiento que realice pueda
entrañar un riesgo para los derechos y libertades de los interesados, no sea ocasional, o incluya
categorías especiales de datos personales indicadas en el artículo 9 RGPD, apartado 1, o datos
personales relativos a condenas e infracciones penales a que se refiere el artículo 10 RGPD.
Registro de Actividades de Tratamiento de RLA, S.A.